Ayudas puente de iniciación a la investigación

A. Con el fin de facilitar el inicio de una potencial carrera investigadora en la Sección Departamental de Farmacología de la Facultad de Medicina y Odontología de la Universidad de Valencia, mediante la elaboración de una tesis doctoral, la Fundación Juan Esplugues cuenta con un programa de ayudas económicas dirigidas a apoyar al futuro investigador desde el momento de la solicitud de una beca pre-doctoral (del Ministerio u homologada), hasta su eventual concesión.

B. Las ayudas van dirigidas a los alumnos de grado (que estén cursando el último año), o de master, en las áreas de Medicina, Farmacia, Biología, Biotecnología y ciencias afines que cuenten con una nota media del grado igual o superior a 8,4 puntos sobre 10.

Número, convocatoria e importe de las ayudas

A. De acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, la Fundación podrá convocar con periodicidad anual una ayuda puente de iniciación a la investigación, de acuerdo con los términos fijados por el Reglamento, por una cuantía mensual de hasta 1.200€ al mes.

B. La ayuda tendrá una duración máxima de 9 meses, a determinar por el Patronato de la Fundación en cada caso, desde el momento de presentación de la solicitud de Beca predoctoral del Ministerio, u homologadas.

Solicitantes de las ayudas

A. Pueden optar a las becas de actuación local todas aquellas personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:

a.- Ser mayor de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y estar cursando el último año del grado o máster en el campo de la Medicina, Farmacia, Biología, Biotecnología y ciencias afines en una Universidad española, o extranjera, en el momento de la solicitud de la ayuda.

b.- Cumplir con el requisito de contar con una media igual o superior a 8,4 puntos sobre 10, o equivalente nivel de excelencia en el caso de estudiantes extranjeros, en las calificaciones obtenidas en los estudios de grado cursados en las áreas mencionadas en este artículo.

c.- Desear iniciar una carrera investigadora en la Sección Departamental de Farmacología de la Facultad de Medicina y Odontología de la Universidad de Valencia, mediante la elaboración de una tesis doctoral en su seno.

B. Los solicitantes deberán cumplir todos los requisitos, condiciones y procedimientos exigidos en el Reglamento.

Plazo de solicitud

El plazo para solicitar la ayuda se iniciará el 1 de mayo de cada año, concluyendo un mes después de haber concluido el plazo de presentación de las solicitudes de beca predoctoral del Ministerio, o equivalente, de cada curso académico.

Documentación a aportar con la solicitud

A. Todos los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación al proceder a solicitar la ayuda de la Fundación Juan Esplugues:

a.- Instancia de solicitud dirigida al Presidente del Patronato de la Fundación en la que se explicite:

i.- Dirección postal, correo electrónico y teléfono del solicitante.

ii.-  Nombre, cargo y condición de la persona bajo cuya supervisión se va a desarrollar la actividad investigadora en la Sección Departamental de Farmacología de la Facultad de Medicina y Odontología de la Universidad de Valencia.

iii.- Curriculum vitae de la persona bajo cuya dirección se va a realizar la actividad propuesta y, en su caso, el historial (5 últimos años) del grupo investigador en el que se va a integrar el solicitante.

iv.- Compromiso expreso de cumplir con todas las condiciones fijadas en el presente Reglamento caso de ser seleccionado como beneficiario de la ayuda de la Fundación Juan Esplugues.

b.- Curriculum vitae normalizado.

c.- Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte de la persona solicitante.

d.- Documento acreditativo del cumplimiento de los requisitos de formación académica necesarios para optar a la ayuda de la Fundación.

e.- Información sobre la entidad bancaria, sucursal y número de cuenta en la que deberá realizarse el ingreso de la ayuda caso de ser seleccionado por la Fundación.

f.- Memoria de la actividad que se pretende desarrollar durante el disfrute de la ayuda y de los objetivos que se pretenden alcanzar y de su cronograma.

g.- Justificante de haber presentado al Ministerio o entidad convocante la solicitud de beca pre-doctoral, o equivalente, en el año de haber concluido los estudios en los campos mencionados en el Reglamento.

h.- Cualquier otro documento que el Patronato considere necesario.

B. Toda la documentación requerida deberá hacerse llegar a la Fundación a través de un medio, físico o electrónico, que acredite la remisión dentro del plazo de solicitud requerido para el disfrute de la ayuda.

Convocatoria, número e importe de las becas

Atendida la disponibilidad económica, las becas de iniciación a la investigación serán convocadas por el Patronato de la Fundación con periodicidad anual. Se ofertarán un mínimo de una beca anualmente. El disfrute de la beca de iniciación a la investigación comenzará a partir del mes de septiembre del año en que se solicite la beca y durará hasta el momento en que se haga pública la decisión de concesión de becas de FPI, FPU o cualquier convocatoria oficial equivalente a la que haya optado el beneficiario de la beca. La concesión o denegación de la mencionada beca supondrá automáticamente la finalización del disfrute de la beca de iniciación a la investigación de la Fundación Juan Esplugues. La beca de iniciación a la investigación de la Fundación Juan Esplugues sólo podrá disfrutarse si el solicitante concluye el grado o máster en el que se encontraba matriculado en el momento de formularse la solicitud de la beca antes de finalizar el curso académico en el que se solicitó, y obtuvo, la mencionada beca de iniciación a la investigación. La beca será incompatible con cualquier otra ayuda pública o privada que pueda recibir el solicitante durante su disfrute.

Documentación a aportar

A. Todos los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación al proceder a solicitar la ayuda de la Fundación Juan Esplugues:

a.- Instancia de solicitud dirigida al Presidente del Patronato de la Fundación en la que se explicite:

i.- Dirección postal, correo electrónico y teléfono del solicitante.

ii.-  Nombre, cargo y condición de la persona bajo cuya supervisión se va a desarrollar la actividad investigadora en la Sección Departamental de Farmacología de la Facultad de Medicina y Odontología de la Universidad de Valencia.

iii.- Curriculum vitae de la persona bajo cuya dirección se va a realizar la actividad propuesta y, en su caso, el historial (5 últimos años) del grupo investigador en el que se va a integrar el solicitante.

iv.- Compromiso expreso de cumplir con todas las condiciones fijadas en el presente Reglamento caso de ser seleccionado como beneficiario de la ayuda de la Fundación Juan Esplugues.

b.- Curriculum vitae normalizado.

c.- Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte de la persona solicitante.

d.- Documento acreditativo del cumplimiento de los requisitos de formación académica necesarios para optar a la ayuda de la Fundación.

e.- Información sobre la entidad bancaria, sucursal y número de cuenta en la que deberá realizarse el ingreso de la ayuda caso de ser seleccionado por la Fundación.

– Memoria de la actividad que se pretende desarrollar durante el disfrute de la ayuda y de los objetivos que se pretenden alcanzar y de su cronograma.

– Justificante de haber presentado al Ministerio o entidad convocante la solicitud de beca pre-doctoral, o equivalente, en el año de haber concluido los estudios en los campos mencionados en el Reglamento.

– Cualquier otro documento que el Patronato considere necesario.

B. Toda la documentación requerida deberá hacerse llegar a la Fundación a través de un medio, físico o electrónico, que acredite la remisión dentro del plazo de solicitud requerido para el disfrute de la ayuda.

Concesión de la ayuda

A. La concesión de las ayudas de iniciación a la investigación de la Fundación Juan Esplugues se realizará por la Comisión nombrada a tal efecto por el Patronato de la Fundación. Dicha Comisión estará formada, como mínimo, por el Presidente, Tesorero y Secretario de la Fundación, pudiendo pertenecer a la misma todos aquellos patronos que el Patronato estime oportuno.

B. La concesión de la ayuda se realizará con base a los siguientes criterios:

  • Curriculum vitae del solicitante.
  • Curriculum vitae de la persona que va a dirigir el trabajo del beneficiario de la ayuda y trayectoria del grupo investigador al que pertenece.
  • Calidad del proyecto presentado.
  • Otros méritos que se alegan.

C. La decisión de concesión o no concesión de la ayuda de iniciación a la investigación de la Fundación Juan Esplugues será final e inapelable.

D. La concesión de la ayuda será comunicada por medio de correo electrónico a la dirección electrónica comunicada por el solicitante en el impreso de solicitud. La concesión de la ayuda y los datos del beneficiario, así como el proyecto a realizar serán reflejados en forma libremente accesible en la página web de la Fundación.

Pago de la ayuda

La ayuda se abonará mensualmente, preferentemente en los diez primeros días del mes, en la cuenta corriente señalada a tal efecto por el beneficiario. Caso de generar gastos las transferencias realizadas a la cuenta del beneficiario, estas serán descontadas de los futuros pagos.

Condiciones de disfrute de la ayuda

A. La ayuda de la Fundación será incompatible con cualquier otra ayuda, beca o contrato público o privado que pueda recibir el solicitante durante su disfrute.

B. El disfrute de la ayuda de iniciación a la investigación comenzará a partir del mes en que se solicite la beca predoctoral al Ministerio, o equivalente, y durará por un plazo máximo de 9 meses, hasta el momento en que se haga pública la resolución de la convocatoria de becas pre-doctorales del Ministerio, o equivalente, a la que haya optado el beneficiario de la ayuda. La concesión o denegación de la mencionada beca pre-doctoral del Ministerio, o equivalente, supondrá automáticamente la finalización del disfrute de la ayuda de iniciación a la investigación de la Fundación Juan Esplugues.

C. Corresponde al beneficiario de la ayuda obtener, caso de ser ello necesario, el correspondiente seguro que cubra las actividades a desarrollar en la Universitat de València, así como hacer frente a las obligaciones fiscales derivadas de la obtención de la ayuda.

D. La Fundación queda expresamente exonerada de responsabilidad en relación con cualquier daño, padecimiento o accidente que sufra el beneficiario durante el disfrute de la ayuda, debiendo este, tal como señala el párrafo anterior, obtener el oportuno seguro al efecto.

Obligaciones del beneficiario

A. La persona que obtenga la ayuda de iniciación a la investigación de la Fundación Juan Esplugues queda obligada a:

  • Aceptar esta y las condiciones que acompañan a su concesión, y que vienen previstas en el presente Reglamento, de forma expresa y por escrito.
  • Dedicar la cantidad recibida directa y exclusivamente al cumplimiento del proyecto de estudios o investigación presentado.
  • Hacer una mención a la obtención de la ayuda de la Fundación Juan Esplugues en cuantos trabajos o escritos se deriven de la estancia realizada.
  • Presentar, en el plazo máximo de dos meses desde la terminación del disfrute de la ayuda, un informe final sobre la estancia, destacando los resultados obtenidos y un certificado expedido por el investigador responsable de su investigación en el que se informe de la actividad desarrollada y de la permanencia del beneficiario durante el tiempo de disfrute de la ayuda al concluir la estancia.

B. En el caso de renuncia de la ayuda, el beneficiario queda obligado a comunicar dicha renuncia al Patronato de la Fundación a la mayor brevedad, realizándolo por escrito y a través de un mecanismo que deje constancia del envío.